Europa marca una serie de requisitos bastante llamativos a la hora de imprimir las etiquetas que van colocadas en los envases de productos vitivinícolas
En noticias anteriores hemos comentado la normativa europea de etiquetado de productos relacionados con el vino. Ya hemos conocido las obligaciones del etiquetado o las siglas que representan las denominaciones de origen de los caldos españoles.
A continuación te contamos algunas curiosidades que probablemente desconoces sobre el etiquetado del vino según la normativa establecida por la Unión Europea.
¿Sabías que las etiquetas del vino que se consume cerca de su lugar de origen no son obligatorias?
Los vinos que vayan a ser transportados entre depósitos de la misma empresa, o los que no estén destinados a la venta, en cantidades menores de 30 litros, así como los caldos destinados al consumo de los empleados y familiares del productor no necesitan etiquetas.
Tampoco llevan etiquetado las botellas de vinos espumosos con denominación de origen protegida elaborados según el «método tradicional», siempre y cuando circulen dentro de la zona de producción, cerradas con tapón de tiraje y sean objeto de controles específicos.
Los vinos espumosos gasificados y los vinos de aguja gasificados tiene que incluir en su etiqueta la cantidad de anhídrido carbónico añadido.
En la etiqueta pueden utilizarse todas las lenguas oficiales de la Comunidad, sin ninguna restricción; sólo la mención de los alérgenos puede hacerse obligatoria en la lengua nacional de un Estado.
En el envasado el dispositivo de cierre de las botellas no podrá ir revestido de una cápsula o de una hoja fabricadas a base de plomo.
En el caso de los vinos resultantes de la mezcla de vinos originarios de varios Estados miembros deberá figurar la frase “Vino de la Comunidad Europea”
Y si el caldo proviene de varios terceros países: “Mezcla de vinos procedentes de diferentes países exteriores a la Comunidad Europea”.
El Cava, el Xerez y la Manzanilla pueden omitir en sus etiquetas las palabras “denominación de origen protegida
El año de cosecha puede aparecer en el etiquetado a condición de que al menos el 85% de las uvas utilizadas para elaborar los productos hayan sido vendimiadas en el año en cuestión.
En España, la variedad Albariño está excluida de ser empleada en el etiquetado de los vinos sin Denominación de Origen.
En Grupo Macho, esta normativa europea y su desarrollo en nuestro país son tenidas en cuenta por nuestros profesionales para ofrecer un etiquetado y envasado de los productos de nuestros clientes de acuerdo con la ley y fabricado con los mejores materiales y la mayor creatividad.
Para cualquier consulta sobre nuestros servicios y productos ponte en contacto con Grupo Macho.