Hablamos sobre la normativa del etiquetado del pan en España, con la que el consumidor podrá tener más información acerca del etiquetado y esto traerá a los productores más exigencias de calidad.
Tras 35 años sin actualizarse, la nueva normativa del etiquetado del pan aprobada en abril por el consejo de gobierno y que entró en vigor el 1 de julio de 2019 ha introducido una serie de cambios que permitirán al consumidor tener más información en el etiquetado y, como consecuencia, traerá mayores exigencias de calidad para los productores.
Muchos estaban esperando esta actualización de la normativa sobre las etiquetas del pan, ya que consideraban la anterior desfasada y que, en gran medida, generaba confusión en el consumidor sobre el producto que estaba adquiriendo.
Le contamos, en cuatro puntos, lo que debes saber sobre el cambio de normativa del etiquetado de pan en España:
1. Nueva normativa sobre etiquetado del pan integral.
Hasta hoy era muy común encontrar bajo el indicativo de pan integral desde panes realmente elaborados exclusivamente con harinas integrales -de grano entero- hasta panes de harinas blancas a los que se les añadía cantidades variadas de salvado. Por esto -que no deja de ser información engañosa para hacer más atractivo un producto- la nueva normativa establece una definición de pan integral que abarca únicamente aquellos elaborados ÍNTEGRAMENTE con harinas integrales o de grano entero. El resto no se considera integral, por lo que estarían cometiendo una ilegalidad al etiquetarlo como tal.
2. Cambios en la normativa de etiquetado del pan artesano.
Sabemos que en los últimos años hay un especial interés por los productos artesanos o elaborados de forma tradicional y, como consecuencia, se abusa mucho del término para definir productos que, realmente, están elaborados de forma industrial. Por eso, la nueva normativa sobre el etiquetado del pan indica que este tipo de panes no se podrá realizar “en grandes series”, ya que el objetivo es un resultado individualizado. Su elaboración deberá llevarse a cabo por un maestro panadero y debe primar la elaboración manual frente a la mecánica. Quizá esta es la medida más ambigua y que ha suscitado más controversia entre panaderos.
3. Pan elaborado a partir de masa madre, la otra controversia de la nueva normativa de etiquetado.
En los años anteriores también ha habido un abuso de la denominación de pan elaborado a partir de masa madre, ya que su presencia era mínima y se mezclaba con levadura panadera, que acelera el proceso considerablemente. Un pan elaborado con masa madre real puede tardar más de 8 horas en fermentar, lo que hace el proceso más artesanal y tradicional y aporta características al pan como el aroma -procedente de las bacterias ácido-lácticas- o una miga más uniforme.
4. 4 % de IVA para el pan integral.
Una de las finalidades de la nueva normativa de etiquetado alimentario es acercar el consumo de fibra -actualmente insuficiente- al consumidor medio español. Es por esto que panes antes considerados en régimen de “especiales” como aquellos de cereales -integrales o blancos- o los panes bajos en sal pasen a formar parte de la categoría de “pan común” bajando el IVA de estos productos de un 10% al 4%.
En fin, la nueva normativa del etiquetado del pan está pensada para beneficiar al consumidor y para volver a poner en alza el consumo de este producto que, en España, viene cayendo año tras año. ¿Tiene alguna duda más?
En Grupo Macho somos expertos en el etiquetado de alimentos desde hace más de seis décadas y estamos al tanto de toda la legislación y normativa para adaptar nuestros trabajos a la realidad actual.